Conducción en Estado de Ebriedad
La libertad es el derecho más importante que tienes, pero cuando te enfrentas a un cargo por Conducción Bajo la Influencia (DUI), puedes estar en peligro. Los delitos por DUI también pueden conllevar multas monetarias graves o impactar en otros derechos, como tu derecho a conducir un vehículo motorizado. Los cargos penales se anotan en tu registro permanente, lo que podría afectar tu trabajo o tu capacidad para conseguir un trabajo en el futuro.
Un abogado de la Firma de Abogados Barrix, con experiencia en defensa criminal y manejo de casos por DUI, es tu mejor opción si te encuentras en esta situación. Si te detienen por sospecha de DUI, en términos generales, existen una serie de cosas que pueden suceder una vez que un oficial de policía te ha detenido:
Prueba de Sobriedad en Campo ― El oficial puede pedirle que participes en una prueba de sobriedad en campo. Estas pruebas son voluntarias, aunque es posible que el oficial no lo indique cuando se te pida que realices la prueba.
Prueba Preliminar de Aliento ― El oficial de policía también puede pedirte que te sometas a una prueba de alcoholemia en la calle. Negarse a participar en la prueba de sobriedad de campo o en la prueba de alcoholemia en la calle no se puede utilizar para demostrar tu culpabilidad; sin embargo, puedes ser acusado con una infracción civil y multado con una pequeña cantidad.
Además, un oficial aún puede arrestarte si tiene motivos para creer que está intoxicado o bajo la influencia de drogas.
Prueba Química ― En la estación de policía, debes someterte a una prueba química para determinar el contenido de alcohol en tu sangre. Según la ley de Michigan, no puedes rechazar esta prueba sin sanciones automáticas, incluyendo la suspensión de un año de tu licencia de conducir y puntos añadidos a tu registro. Si ésta es tu segunda infracción, las sanciones automáticas son mayores.
Lo que muchos conductores no saben es que existen reglas y procedimientos precisos que la policía debe seguir cuando sospechan de DUI. Nuestro equipo conoce estos procedimientos y sabe cómo hacer valer tus derechos de acuerdo con la ley. Si me han acusado de DUI, ¿qué va a pasar? Cada caso es único, por lo tanto, es difícil decir qué va a pasar, pero hay una serie de posibles consecuencias y sanciones:
Sanciones Financieras
Hay cuotas anuales que debes pagar. Estos difieren según el cargo y las circunstancias de tu caso.
Suspensión de la Licencia de Conducir
Un cargo por DUI u operar en estado de ebriedad puede conducir a la suspensión de la licencia de conducir o, para los infractores reincidentes, incluso la revocación de la licencia. Si bien puedes recuperar tu licencia después de un período de tiempo, es posible que esté restringida en ciertas condiciones. Existen sanciones por conducir con una licencia de conducir suspendida; por lo tanto, es importante que comprendas tus derechos y responsabilidades durante este tiempo.
Antecedentes Penales
Existe una variedad de cargos diferentes a los que se enfrentan las personas que conducen bajo la influencia de drogas o alcohol, dependiendo de la gravedad de la situación. En muchos casos, se enfrentan a un cargo por delito menor en su expediente, pero hay algunos casos en los que puedes ser acusado de un delito grave.
Debido a que tanto un delito menor como un delito mayor pueden afectar tu futuro, es importante que permitas que nuestro abogado te asesore. Defensa criminal competente para hacer respetar tus derechos, si has sido acusado de un delito por DUI o un crimen similar, actúa rápidamente y contáctanos con respecto a tu caso. Ofrecemos consultas gratuitas y podemos atender tu llamada durante un fin de semana o un día festivo para que se adapte mejor a tu horario.
Resumen de los Estatutos sobre Conducción en Estado de Ebriedad de Michigan
ABBREVIACIONES: OWI; OUIL; UBAL; OWVI; PER SE; OUID (por sus siglas en inglés)
OWI – Operar Intoxicado, la “ley sobre conducción en estado de ebriedad”. Se puede comprobar de dos maneras: el conductor estaba “operando bajo la influencia de alcohol” o el conductor estaba operando con un nivel ilegal de alcohol en el cuerpo. CJI2d 15.1. (Todas las referencias a «CJI2d» se refieren a las Disposiciones para el Jurado Penal, segunda edición).
OWI – Operar Intoxicado, – BAC de 0.17 o más – 1ra Ofensa, la ley de “Conducción en un “Alto Grado de Estado de Ebriedad” o TAMBIÉN CONOCIDO COMO OPERAR CON UN ALTO BAC (Contenido de Alcohol en la sangre). Esta es una infracción potenciada de la ley OWI, conducción en estado de ebriedad. El elemento adicional requiere los elementos de la OWI más el elemento o hecho adicional de un contenido de alcohol en el aliento o la sangre de .17 o más.
OUIL –Operar Bajo la Influencia de Alcohol, este hace referencia la calidad de conducción. CJI2d 15.3(2) Requiere que la capacidad de un operador para operar un vehículo motorizado de manera normal haya sido «sustancialmente disminuida» como resultado del consumo de alcohol. CJI2d 15.3(2)
UBAL – Nivel Legal de Alcohol en el Cuerpo, analiza la cantidad de alcohol en el aliento, la sangre o la orina de una persona. El acusado estaba operando el vehículo con un nivel de alcohol corporal de 0.08 gramos de alcohol o más por 100 mililitros de sangre/210 de aliento/67 mililitros de orina. CJI2d 15.3(1)
OWVI – Operar Con Un Deterioro Visible, el acusado estaba operando el vehículo con menor habilidad que un conductor ordinario y cuidadoso debido al consumo de alcohol. CJI2d 15.4
PER SE – Una forma diferente de referirse a UBAL.
OUID – Operar bajo la Influencia de Drogas, el acusado estaba operando el vehículo con menor habilidad que un conductor ordinario y cuidadoso debido al consumo de alcohol. CJI2d 15.4 el acusado estaba operando el vehículo con menos habilidad que un conductor ordinario y cuidadoso debido a que el conductor estaba bajo la influencia de una sustancia controlada o una combinación de alcohol y una sustancia controlada.
ESTATUTOS DE DELITOS AL CONDUCIR
1. Operar bajo la influencia del alcohol, una sustancia controlada o una combinación de licor alcohólico y una sustancia controlada. MCL 257.625(a).
2. Operar con un contenido de alcohol de 0.08 gramos o más. MCL 257.625 (1)(b).
3. OPERAR con un BAC Alto.17 GRAMOS O MÁS. MCL 257.625((1)(c).
4. Operar con deterioro visible debido al consumo de licor alcohólico, una sustancia controlada o una combinación de ambos. MCL 257.625(3).
5. Operar un vehículo con cualquier cantidad de una sustancia controlada enumerada en el Anexo 1, MCL 333.721(2) del Código de Salud Pública. MCL 257.625(8).
6. Operar un vehículo motorizado en un estado de intoxicación, ebriedad o tener cualquier cantidad de una sustancia controlada de la Sección 1 que cause la muerte. MCL 257.625(4)
7. Operar un vehículo motorizado en estado de intoxicación, ebriedad o tener cualquier cantidad de una sustancia controlada de la Sección 1 que cause un deterioro grave de una función corporal. MCL 257.625(5).
8. Operar un vehículo motorizado siendo menor de 21 años con cualquier contenido de alcohol en el cuerpo (generalmente superior a 0.02 gramos) MCL 257.625(6).
9. MCL 257.625(7). Operar un vehículo motorizado en estado de intoxicación, ebriedad, causando la muerte mientras se encuentra intoxicado, ebrio o bajo la influencia de cualquier sustancia controlada; o causar lesiones en estado de intoxicación, ebriedad o con cualquier sustancia controlada y también mientras otra persona menor de 16 años está usando el vehículo. MCL 257.625(7).
10. El MCL 324.8127 prohíbe operar una motonieves bajo la influencia, con un nivel ilegal de alcohol en el cuerpo o en estado de ebriedad.
11. El MCL 324.80176 prohíbe operar una embarcación (bote) bajo la influencia, con un nivel ilegal de alcohol en el cuerpo o en estado de ebriedad.
SANCIONES POR DÉLITOS AL CONDUCIR
DELITOS POR EBRIEDAD – CONDUCTOR
Máximo-Cárcel- Multa- Licencia- Automóvil
A. Sin lesiones
1. Cero Tolerancia-257.625(6)
-1ra Infracción N/A $250 30 días suspensión N/A (restringido inmediatamente) MCLA 257.319(8)
-2da Infracción 93 días $500 90 días de suspensión
2. CDL-a. 257.625m (.04)
-1ra infracción 93 días $300 OPR – 90 días de suspensión. Inmovilización permisiva restricción inmediata (<180 días) – CDL – 1 años – HAZ – 3 años.
-2da infracción dentro de 7 años 1 años $1000 OPR – revocación por 1 año -inmovilización – CDL – revocación por 1 año (90 días a 180 días) HAZ.
3ra infracción en 1-5 años OPR – revocación por 5 años o 30 días – CDL – revocación de por vida 1 año y comunitario HAZ – servicio 60 días -180 días
b. 257.625(1),(3),(4),(5),(6),(7) & .625m
-1ra infracción CDL – 1 año revocación
-2da infracción CDL – 10 años revocación
3. OWVI- 257.625(3)
-1ra infracción 93 días $300 90 días de suspensión, inmovilización permisible
Restricción inmediata. 257.904d
180 días si se controla la sustancia. <180 días)
-2da infracción (Ver OUIL 2da)
-3ra infracción (Ver OUIL 3ra)
4. OUIL/UBAL – OWI 1ra infracción
-1ra infracción 93 días $100/500 180 días de suspensión – inmovilización permisible (“rígidos” 30 días de suspensión) 257.904d <180 días
-2da infracción con 1 en 7 años 5 días-1 año $200/1000 revocada con 1 año permisivo fortuito o inmovilización mandataria (30 días-90 días) (24 días – 180 días)
-3ra infracción DESDE SIEMPRE 1 año -5 años $500/5000 revocada 5 años permisivo fortuito o 30 días – mandatorio 1 año servicio comunitario con inmovilización (60 días (6 meses a 3 años)- 180 días)
5. OWI Alto BAC Conducción Bajo un Alto Grado de Ebriedad
Hasta 180 días de cárcel, inmovilización permisible (“rígidos” 45 días de suspensión) seguido por 1 año de restricción con dispositivo de bloqueo de encendido (soplar e irse). 1 año de consejería requerido.
Máximo-Cárcel- Multa- Licencia- Automóvil
6. Peligro Infantil 257.625(7)
-1ra infracción 1 año $1000 90 días permisible fortuito restricción inmediata e inmovilización permisible <180 días (257.625n, .904d)
-2da infracción 1-5 años $500/5000 1 año de revocación, permisibilidad fortuita o 30 días – y/o mandatorio
1 año de cárcel e inmovilización 60-180 días (24 días – 180 días) servicio comunitario 257.904d
-3ra infracción 1-5 años $500/5000 inmovilización mandataria o 30 días – (6 meses a 3 años) 1 año en cárcel y 60-180 días de servicio comunitario
B. Lesiones
-1ra infracción Discapacitación Severa 257.625(5) -1ra 5 años $1000/5000 Licencia revocada fortuita o inmovilización permisible
-2da infracción Licencia Habitual revocada, inmovilización mandataria (24 – 180 días) .904d(1)(b)
Inmovilización mandataria (6 meses – 3 años)
-3ra infracción Licencia Habitual revocada, inmovilización mandataria (6 meses a 3 años). 904d(1)(c)
2. Muerte 257.625(4)
-1ra 15 años $2500/10000 Licencia revocada, inmovilización permisible.904d(1)
-2da infracción Licencia Habitual revocada, inmovilización mandataria (24 días a 180 días). 904d(1)(b)
-3ra infracción Licencia Habitual revocada, inmovilización mandataria (6 meses a 3 años) 904d(1)(c)
INFRACCIONES POR CONDUCCIÓN – PROPIETARIO
Cárcel- Multa- Licencia- Automóvil
A. Sin lesiones
Permitido
OUIL/UBAL/OWVI -1ra infracción 93 días $100/500 .904d(1)
B. Injuries
1. Muerte 5 años $1500/10000 permisibilidad fortuita 257.625n(1)
2. Discapacitación Severa 2 años $100/6000 permisibilidad fortuita 257.625n(1)
DEFINICIONES
“Operar”- Operar significa conducir o tener el control físico real del vehículo. CJI2d 15.2. Una persona dormida al volante de un automóvil inmóvil no está operando el vehículo. El Pueblo contra Pomeroy, 419 Mich 441, 355 NW2d 98 (1984). Sin embargo, una persona que está inconsciente detrás del volante con el automóvil en marcha y la transmisión en marcha, aunque el pie esté en el pedal del freno, “está operando”. El Pueblo contra Wood.450 Mich 399, 538 NW2d 351 (1995). A pesar de que el acusado está detrás del volante de un automóvil parado, una condena está justificada cuando hay “evidencia circunstancial directa o suficiente” de que el acusado manejó el automóvil mientras estaba bajo la influencia de alcohol antes de que la policía lo descubriera. El Pueblo contra Schinella, 106 Mich App 213, 407NW2d 621 (1987); El Pueblo contra, 164 Mich App 767, 417 NW2d 261 (1987); el Pueblo contra Solmonson, 261 Mich App 657, 683 NW2d 761 (2004).
Lugar Público – Un lugar público es un «lugar abierto al público o generalmente accesible a los vehículos motorizados». CJI2d 15.2 el estacionamiento de un centro comercial y el área de pits de una pista de carreras son lugares que son «generalmente accesibles para vehículos de motor». El Pueblo contra Hawkins (en prisión preventiva), 181 Mich App 393, 448 NW2d 858 (1989); People v Nickerson, 227 Mich App 434, 575 NW2d 804 (1998). Ver generalmente El Pueblo contra Tracy,18 Mich App 529, 171 NW2d 562 (1969).
PRESUNCIONES REGLAMENTARIAS DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD
Ninguna
LEY DE CONSENTIMIENTO IMPLÍCITO
Se presume que un conductor ha dado su consentimiento para pruebas químicas de sangre, aliento u orina con el fin de determinar la cantidad de alcohol o la presencia de una sustancia controlada o ambos en el aliento, la sangre o la orina del conductor. MCL 257.625c
La persona debe ser arrestada por una Ley Estatal o una Ordenanza Local que corresponda sustancialmente con la Ley Estatal. Sin embargo, no se considera que una persona que tiene hemofilia, diabetes o una afección que requiera el uso de un anticoagulante haya dado su consentimiento para una extracción de sangre.
DERECHOS RELACIONADOS CON LA PRUEBA QUÍMICA
El conductor arrestado debe ser informado de lo siguiente:
1. Si el conductor realiza la prueba química a solicitud de un oficial de policía, el conductor tiene derecho a exigir que una persona de su elección le administre una de las pruebas químicas.
2. Los resultados de la prueba son admisibles en un procedimiento judicial y se considerarán junto con otras pruebas admisibles para determinar la inocencia o culpabilidad del conductor.
3. El conductor es responsable de obtener un análisis químico de la muestra de la prueba.
4. Si la solicitud del oficial es rechazada, no se realizará una prueba sin una orden judicial, pero el oficial puede solicitar una.
5. Rechazar la solicitud para tomar una prueba tendrá como resultado la suspensión de la licencia de conducir del conductor por un período de un año y la adición de 6 puntos a su historial de manejo. MCL 257.625a(6).
RECHAZO DE REALIZAR LA PRUEBA QUÍMICA
1. PROCEDIMIENTO:
El oficial del orden público remitirá inmediatamente un informe escrito al Secretario del Estado; El conductor debe solicitar, dentro de los 14 días, una audiencia ante la Secretaría del Estado o las sanciones se impondrán por defecto. MCL 257.625d(2), 257.625f(1).
2. LO QUE EL ESTADO DEBE DEMOSTRAR:
cuando un conductor solicita una audiencia frente al Secretario del Estado, el oficial de policía debe establecer que:
A. Había motivos razonables para creer que el conductor había cometido uno de los delitos enumerados,
B. El conductor fue arrestado por uno de los delitos enumerados,
C. Se informó al conductor de sus derechos de prueba química establecidos en MCL 257.625a(6) y
D. La negativa del conductor a someterse a la prueba no fue razonable. MCL 257.625(f)(4)
Cualquiera de las partes puede estar representada por un abogado.
3. SANCIONES:
A. El Secretario de Estado suspenderá la licencia de conducir por un período de un año si se trata de una primera suspensión por consentimiento implícito o si cualquier suspensión previa por consentimiento implícito fue más de 7 años antes. MCL 257.625f(7)(a)
B. Un conductor que ha tenido una segunda suspensión por consentimiento implícito dentro de los 7 años obtendrá una suspensión de licencia de conducir por 2 años.
4. REVISIÓN DEL TRIBUNAL DE CIRCUITO:
A. Un conductor puede anular completamente la suspensión si ha habido una violación de la Constitución de los Estados Unidos, la Constitución del Estado de Michigan o algún Estatuto; si se excede la autoridad o jurisdicción estatutaria del Secretario de Estado; si se realiza mediante un procedimiento ilegal que resulta en un perjuicio material; si no está respaldado por material competente y evidencia sustancial en todo el expediente; si es arbitrario, caprichoso o claramente un abuso o ejercicio injustificado de discreción; o si se ve afectado por otro error sustancial y material de la ley. MCL 257.323(4).
B. El Tribunal de Circuito puede otorgar una licencia restringida a un conductor si es la primera suspensión por consentimiento implícito del conductor. MCL 257,323(3); 257.323c(1)
5. USO DE LA DENEGACIÓN POR PARTE DEL TRIBUNAL:
El tribunal puede dar la siguiente instrucción al jurado, especialmente si se solicita: “En este caso se admitieron pruebas de que el acusado se negó a someterse a una prueba química. Si encuentra que el acusado se negó, esa evidencia fue admitida únicamente con el propósito de demostrar que se le ofreció una prueba al acusado. Esa evidencia no es evidencia de culpabilidad «. CJI2d 15.9.
ESTATUTO DE EXTRACCIÓN DE SANGRE
Solo un médico con licencia o un individuo operando bajo la delegación de un médico con licencia que actúe en un entorno médico puede extraer sangre ante la solicitud de un oficial del orden público. MCL 257.625a(6)(c)
ESTATUTO DE NEGOCACIÓN DE LA CONDENA
Una persona acusada de operar en estado de intoxicación, operar en estado de incapacidad, operar con cualquier cantidad de sustancia controlada, operar en violación de lo anterior causando la muerte, operar en violación de una de las anteriores causando lesiones graves, o siendo un pasajero menor de 16 años. no se le permite alegar ser una persona menor de 21 años y tener contenido de alcohol. MCL 257,625(16).
RECHAZO DE REALIZAR LA PRUEBA QUÍMICA
PROCEDIMIENTO:
El oficial del orden público remitirá inmediatamente un informe escrito al Secretario de Estado; El conductor debe solicitar, dentro de los 14 días, una audiencia ante la Secretaría de Estado o las sanciones se impondrán por defecto. MCL 257.625d (2), 257.625f (1).
LO QUE EL ESTADO DEBE DEMOSTRAR:
cuando un conductor solicita una audiencia frente al Secretario del Estado, el oficial de policía debe establecer que:
Había motivos razonables para creer que el conductor había cometido uno de los delitos enumerados.
El conductor fue puesto bajo arresto por uno de los delitos enumerados,
El conductor fue informado de sus derechos de prueba química establecidos en MCL 257.625a(6) y
La negativa del conductor a someterse a la prueba fue irrazonable. MCL 257.625(f)(4)
Cualquiera de las partes puede estar representada por un abogado.
SANCIONES:
El Secretario del Estado suspenderá la licencia de conducir por un período de un año si se trata de una primera suspensión por consentimiento implícito o si cualquier suspensión previa por consentimiento implícito fue más de 7 años antes. MCL 257.625f(7)(a)
A un conductor que haya tenido una segunda suspensión por consentimiento implícito dentro de los 7 años, se le suspenderá la licencia de conducir por 2 años.
REVISIÓN DEL TRIBUNAL DE CIRCUITO:
Un conductor puede anular completamente la suspensión si ha habido una violación de la Constitución de los Estados Unidos, la Constitución del Estado de Michigan o algún Estatuto; si se excede la autoridad o jurisdicción estatutaria del Secretario del Estado; si se realiza mediante un procedimiento ilegal que resulta en un perjuicio material; si no está respaldado por material competente y evidencia sustancial en todo el expediente; si es arbitrario, caprichoso o claramente un abuso o ejercicio injustificado de discreción; o si afectó